# Artículo 42, Ley Orgánica del IGSS de Guatemala

- Ley: Ley Orgánica del IGSS (Decreto 295 del Congreso de la República)
- Ubicación: Capítulo V. Recursos y sistema financiera
- Estado: vigente
- Fuente oficial: Organismo Judicial (CENADOJ), PDF del Decreto 295 con notas de reforma (copia archivada en Internet Archive) — https://web.archive.org/web/20240516060959id_/http://ww2.oj.gob.gt/estadisticalaboral/Leyes%20en%20Materia%20de%20Trabajo%20y%20Prevision%20Social/Leyes%20Nacionales%20en%20Materia%20de%20Trabajo%20y%20Prevision%20Social/21220%20DECRETO%20DEL%20CONGRESO%20295%20Ley%20Organica%20IGSS.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-42/
- Cómo citar: Art. 42, Ley Orgánica del IGSS de Guatemala (Decreto 295), codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-42/

## Texto

Para la correcta y rápida percepción de los ingresos del Instituto, se deben observar estas reglas:

a). Las certificaciones de la Gerencia sobre sumas adeudadas al Instituto, constituyen título ejecutivo, y estas últimas se deben cobrar conforme al procedimiento económico-coactivo, siempre que se trate de cuotas o contribuciones;

b). Los créditos a favor del Instituto tienen el privilegio de créditos de primera clase con preferencia absoluta sobre cualesquiera otros, excepto los que el deudor respectivo tenga a favor de terceros por concepto de salarios, o los que se originen, de acuerdo con los términos y condiciones del Código civil sobre acreedores de primera clase, en gastos judiciales comunes, gastos de conservación y administración de bienes concursados o gastos indispensables de reparación o construcción de bienes inmuebles; y,

c). Para fines exclusivos del cobro de las deudas originadas en contratos a favor del Instituto, éste puede usar los procedimientos ejecutivos especiales que las leyes establezcan en beneficio de las entidades bancarias o de crédito.

## Reformas

- Nota sobre reformas de la ley: Texto del Decreto 295 con las reformas que anota el Organismo Judicial: Decreto 15-89 (art. 9, inciso f) y Decreto 11-04 (arts. 16 y 18). La edición no declara fecha de corte.

## Relacionados

- Art. Transitorio 9, Ley Orgánica del IGSS — https://codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-t9/
- Art. 721, Código de Comercio — https://codicegt.com/codigo-de-comercio/articulo-721/
- Art. 40, Ley Orgánica del IGSS — https://codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-40/
- Art. 44, Ley Orgánica del IGSS — https://codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-44/
- Art. 323, Código Civil — https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-323/

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