# Artículo 233, Ley PINA de Guatemala — Decisión del recurso de apelación

- Ley: Ley PINA (Decreto 27-2003 del Congreso de la República)
- Ubicación: Libro III. Disposiciones adjetivas › Título II. Adolescentes en conflicto con la ley penal › Capítulo VII. Recursos
- Estado: vigente
- Texto al: no indicado en la fuente
- Fuente oficial: CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación NNA — https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/cds/CDs%20compilaciones/Compilacion%20NNA/expedientes/03_01.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-pina/articulo-233/
- Cómo citar: Art. 233, Ley PINA de Guatemala (Decreto 27-2003), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-pina/articulo-233/

## Texto

Inmediatamente después de la audiencia oral, la Sala de la Corte de Apelaciones de la Niñez y Adolescencia resolverá el recurso planteado, salvo en casos complejos, según criterio de esta, en cuyo caso podrá, en un plazo no mayor de tres días, resolver el recurso interpuesto.

---
Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada.
