# Artículo 84, Ley PINA de Guatemala — Formulación, ejecución y control

- Ley: Ley PINA (Decreto 27-2003 del Congreso de la República)
- Ubicación: Libro II. Disposiciones organizativas › Título Único. Organismos de protección integral › Capítulo I. Disposiciones generales
- Estado: vigente
- Texto al: no indicado en la fuente
- Fuente oficial: CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación NNA — https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/cds/CDs%20compilaciones/Compilacion%20NNA/expedientes/03_01.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-pina/articulo-84/
- Cómo citar: Art. 84, Ley PINA de Guatemala (Decreto 27-2003), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-pina/articulo-84/

## Texto

La formulación, ejecución y control de políticas de protección integral a favor de los niños, niñas y adolescentes deberá fundamentarse en los principios siguientes:

a) Unidad e integridad de la familia.

b) Responsabilidad primaria de los padres en cuanto a los derechos y deberes inherentes a la patria potestad, en el marco de principios éticos, cumplidos dentro del ordenamiento legal.

c) Descentralización.

d) Desconcentración.

e) Participación.

f) Coordinación.

g) Transparencia.

h) Sustentabilidad.

i) Movilización.

j) Respeto a la identidad cultural.

k) Interés superior del niño.

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