# Artículo Transitorio 10, Ley PINA de Guatemala

- Ley: Ley PINA (Decreto 27-2003 del Congreso de la República)
- Ubicación: Libro III. Disposiciones adjetivas › Título II. Adolescentes en conflicto con la ley penal › Capítulo VIII. Sanciones socioeducativas › Sección IV. Disposiciones transitorias
- Estado: vigente
- Texto al: no indicado en la fuente
- Fuente oficial: CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación NNA — https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/cds/CDs%20compilaciones/Compilacion%20NNA/expedientes/03_01.pdf
- URL canónica: https://codicegt.com/ley-pina/articulo-t10/
- Cómo citar: Art. Transitorio 10, Ley PINA de Guatemala (Decreto 27-2003), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-pina/articulo-t10/

## Texto

Los procesos sobre conductas que violen la ley penal, pendientes de dictar resolución final, serán trasladados al Tribunal de Primera Instancia de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal designado por la Corte Suprema de Justicia, para el control de la Investigación y al Ministerio Público para continuar la misma.

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