Derecho de reunión y manifestación
Los artículos clave, en el orden en que conviene leerlos. Cada nota dice de qué trata el artículo; lee siempre el texto completo. No es asesoría legal.
- Art. 33 · Constitución Derecho de reunión y manifestación Reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas, y de manifestación pública, con solo previa notificación. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. Los derechos de reunión y de manifestación pública no pueden ser restringidos, disminuidos o coartados; y la ley los regulará con el único objeto de garantizar el…
- Art. 138 · Constitución Limitación a los derechos constitucionales Enumera los derechos, entre ellos el del artículo 33, cuya vigencia puede cesar solo en estados de excepción. Es obligación del Estado y de las autoridades, mantener a los habitantes de la Nación, en el pleno goce de los derechos que la Constitución garantiza. Sin embargo, en caso de invasión del territorio, de perturbación…
- Art. 265 · Constitución Procedencia del amparo El amparo procede para proteger contra amenazas o violaciones a los derechos que la Constitución reconoce. Se instituye el amparo con el fin de proteger a las personas contra las amenazas de violaciones a sus derechos o para restaurar el imperio de los mismos cuando la violación hubiere ocurrido. No hay ámbito que no sea…