CódiceLeyes de Guatemala

Posesión de drogas

Los artículos clave, en el orden en que conviene leerlos. Cada nota dice de qué trata el artículo; lee siempre el texto completo. No es asesoría legal.

  1. Art. 39 · Ley contra la Narcoactividad Posesión para el consumo Sanciona con 4 meses a 2 años poseer droga en cantidad razonable para el propio consumo. Quien para su propio consumo adquiera o posea cualquiera de las drogas a que se refiere esta ley, será sancionado con prisión de cuatro meses a dos años y multa de Q.200.00 a Q.10,000.00. Se entiende que es para su…
  2. Art. 38 · Ley contra la Narcoactividad Comercio, tráfico y almacenamiento ilícito Sanciona con 12 a 20 años el comercio, tráfico o almacenamiento ilícito de drogas, distinto de la posesión para consumo. El que sin autorización legal adquiera, enajene a cualquier título, importe, exporte, almacene, transporte, distribuya, suministrare, venda, expenda o realice cualquier otra actividad de tráfico de semillas, hojas,…
  3. Art. 3 · Ley contra la Narcoactividad Permite el uso legal de drogas solo a personas facultadas, para fines médicos, científicos o de investigación. . Uso legal. Solamente podrá autorizarse la importación, producción, fabricación, extracción, posesión y uso de las drogas en las cantidades estrictamente necesarias, exclusivamente por personas legalmente facultadas y…