Artículo 88del Ley de Derecho de Autor
Título VI. Contratos sobre el derecho de autor y derechos conexos · Capítulo I. Contrato de edición
El autor debe entregar al editor, en el plazo establecido en el contrato, la obra que se va a editar, en forma tal que permita su reproducción normal. El editor no podrá, sin la autorización escrita del autor, efectuar modificaciones, abreviaturas o adiciones a la obra.