LPI · Artículo 166

Artículo 166del Ley de Propiedad Industrial

Clasificación de diseños industriales

Título IV. Del Registro de la propiedad intelectual · Capítulo II. Clasificaciones

A efectos de clasificar los diseños industriales se aplicará la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales.

Cómo citar

Art. 166, Ley de Propiedad Industrial de Guatemala (Decreto 57-2000), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-de-propiedad-industrial/articulo-166/

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Fuente

Ley de Propiedad Industrial (Decreto 57-2000 del Congreso de la República). Texto según Registro de la Propiedad Intelectual (rpi.gob.gt). Fecha de corte no indicada en la fuente.