Artículo 46del Código de Trabajo
Título Segundo. Contratos y Pactos de Trabajo · Capítulo Segundo. Contrato Colectivo de Trabajo
El sindicato que sea parte de un contrato colectivo de trabajo puede ejercer los derechos y acciones que nazcan de éste, para exigir su cumplimiento y, en su caso, obtener el pago de las prestaciones o indemnizaciones que procedan, contra:
a)Sus propios miembros;
b)Otros sindicatos que sean partes del contrato;
c)Los miembros de los sindicatos a que se refiere el inciso anterior; y
d)Cualquier otra persona obligada por el contrato.