CódiceLeyes de Guatemala

Soy extranjero en Guatemala

Los artículos clave, en el orden en que conviene leerlos. Cada nota dice de qué trata el artículo; lee siempre el texto completo. No es asesoría legal.

  1. Art. 73 · Código de Migración Estatus ordinario migratorio Clasifica el estatus ordinario migratorio en turista, residente temporal y residente permanente. El estatus ordinario migratorio es la categoría migratoria que se les otorga a las personas extranjeras en razón de su ingreso y permanencia en el territorio nacional de acuerdo a la siguiente clasificación: a) Turista…
  2. Art. 74 · Código de Migración Turistas o viajeros Los turistas o viajeros pueden permanecer hasta noventa días, prorrogables una vez. Son turistas o viajeros las personas extranjeras que han ingresado de forma regular con fines lícitos, sin propósito de obtener una residencia temporal o permanente cuyo plazo no podrá ser mayor de noventa días,…
  3. Art. 75 · Código de Migración Residentes temporales Describe quienes cuentan con estatus de residente temporal, como trabajadores migrantes. Cuentan con el estatus de residente temporal, las personas que el Instituto Guatemalteco de Migración les extienda un documento que los reconoce como residentes temporales, identificados a continuación: a) Trabajadores…
  4. Art. 78 · Código de Migración Residentes permanentes Describe los requisitos para obtener el estatus de residente permanente. Son residentes permanentes las personas que además de cumplir con los otros requisitos legales, desean adquirir domicilio en el país, los cuales serán establecidos en el reglamento correspondiente y que se encuentran…