Me robaron
Los artículos clave, en el orden en que conviene leerlos. Cada nota dice de qué trata el artículo; lee siempre el texto completo. No es asesoría legal.
- Art. 251 · Código Penal Robo Sanciona a quien tome cosa mueble ajena usando violencia antes, durante o después del apoderamiento (robo). Quien sin la debida autorización y con violencia anterior, simultánea o posterior a la aprehensión, tomare cosa, mueble total o parcialmente ajena será sancionado con prisión de 3 a 12 años.
- Art. 246 · Código Penal Hurto Sanciona a quien tome cosa mueble ajena sin autorización y sin violencia (hurto). Quien tomare, sin la debida autorización cosa mueble, total o parcialmente ajena, será sancionado con prisión de 1 a 6 años.
- Art. 252 · Código Penal Robo agravado Enumera circunstancias que agravan el robo, como cometerlo en despoblado, en cuadrilla o con armas. Es robo agravado: 1º. Cuando se cometiere en despoblado o en cuadrilla. 2º. Cuando se empleare violencia, en cualquier forma, para entrar al lugar del hecho. 3º. Si los delincuentes llevaren armas o narcóticos, aun…