Artículo 49 de la Ley de Educación Nacional
Título IV. Modalidades de la educacion · Capítulo III. Educacion especial
Ministerio de Educación · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El Ministerio de Educación creará, promoverá y apoyará programas, proyectos y centros educativos tendientes a prevenir, atender e integrar los casos especiales. El Estado asignará y otorgará el financiamiento para el funcionamiento de la dependencia del Ministerio de Educación encargada de la Educación Especial.