Artículo 67 de la Ley de Educación Nacional
Investigación Pedagógica y Capacitación
Título IV. Modalidades de la educacion · Capítulo Único
Ministerio de Educación · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El Ministerio de Educación tendrá a su cargo la ejecución de las políticas de investigación pedagógica, desarrollo curricular y capacitación de su personal, [FRASE DECLARADA INCONSTITUCIONAL por EXPEDIENTE No. [3595-2013] de fecha [13 de Mayo de 2014] de conformidad con el Reglamento de esta Ley.