Ley de Rectificación de Área
Ley de Rectificación de Área de Bienes Inmuebles Urbanos
- Instrumento
- Decreto-Ley 125-83 del Jefe de Estado
- Artículos
- 16
- Actualizado en Códice
Disponible sin conexión
Considerandos y preámbulo
CONSIDERANDO
Que existen bienes inmuebles de carácter urbano que, por diversas causas, figuran inscritos en el Registro de la Propiedad, con áreas mayores a las que real y físicamente comprenden, discrepancias que se hace necesario corregir, mediante un procedimiento más ágil que al mismo tiempo, garantice los derechos de terceros y los propios intereses del Estado;
CONSIDERANDO
Que los procedimientos legales que en la actualidad se aplican para resolver los problemas a que se refiere el considerando anterior, resultan onerosos para los interesados, y dispendiosos en cuanto a su tramitación, por la diversidad de dependencias administrativas que tienen ingerencia en ellos, lo que es conveniente solucionar, para cuyo propósito es procedente dictar en ese sentido, la respectiva disposición legal, POR TANTO,
En el ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 4o del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por los Decretos-Leyes números 36-82 y 87-83, DECRETA: