Artículo 31 de la Ley del Organismo Ejecutivo
Ministerio de cultura y deportes
Capítulo IV · Sección Segunda. Funciones sustantivas de los ministerios de Estado
Oficina Nacional de Servicio Civil · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Le corresponde atender lo relativo al régimen jurídico aplicable a la conservación y desarrollo de la cultura guatemalteca, y el cuidado de la autenticidad de sus diversas manifestaciones; la protección de los monumentos nacionales y de los edificios, instituciones y áreas de interés histórico o cultural y el impulso de la recreación y del deporte no federado ni escolar; para ello, tiene a su cargo las siguientes funciones:
a)Formular, ejecutar y administrar descentralizadamente la política de fomento, promoción y extensión cultural y artística, de conformidad con la ley.
b)Formular, ejecutar y administrar descentralizadamente la política de preservación y mantenimiento del patrimonio cultural de la Nación, de conformidad con la ley.
c)Administrar descentralizadamente o contratar la operación de los medios de comunicación oficiales de radio y televisión.
d)Promover y difundir la identidad cultural y valores cívicos de la Nación en el marco de su carácter pluriétnico y multicultural que los caracteriza.
e)Crear y participar en la administración de los mecanismos financieros adecuados para el fomento, promoción y extensión cultural y artística.
f)Propiciar la repatriación y la restitución del Estado de los bienes culturales de la Nación, sustraídos o exportados ilícitamente.
g)Impulsar de forma descentralizada la recreación y el deporte no federado y no escolar.