LPINA · Artículo 57

Artículo 57del Ley PINA

Derecho internacional humanitario

Libro I. Disposiciones sustantivas · Título II. Derechos humanos · Capítulo II. Derechos sociales · Sección IX. Derecho a la protección por conflicto armado

En caso de conflicto armado, los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a su no reclutamiento y que el Estado respete y vele porque se cumplan las normas del derecho internacional humanitario que les sean aplicables. El Estado adoptará todas las medidas posibles para asegurar que las personas que aún no hayan cumplido los dieciocho años de edad, no participen directamente en las hostilidades, ni sean reclutados para servicio militar en cualquier época.

Cómo citar

Art. 57, Ley PINA de Guatemala (Decreto 27-2003), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-pina/articulo-57/

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Fuente

Ley PINA (Decreto 27-2003 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación NNA. Fecha de corte no indicada en la fuente.