Artículo 521 del Código de Comercio
Subseccion segunda del cheque para abono en cuenta. Abono en cuenta
Libro III. De las cosas mercantiles · Título Primero. De los titulos de credito · Capítulo VII. Del cheque · Sección Tercera. De los cheques especiales subseccion primera del cheque cruzado
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El librador o el tenedor pueden prohibir que el cheque sea pagado en efectivo, mediante la inserción de la expresión: para abono en cuenta.
En este caso, el librado sólo podrá abonar el importe del cheque en la cuenta que lleva o abra el tenedor.
El borrado o alteración de la expresión o de cualquier agregado a la misma, se tendrán por no puestos.