CTrib · Artículo 80

Artículo 80del Código Tributario

Autores

Título III. Infracciones y sanciones · Capítulo I. Parte General · Sección Tercera. Responsabilidad

Se consideran autores:

1.Los que toman parte directa en la ejecución del hecho u omisión.

2.Los que induzcan directamente a otro a ejecutar la infracción.

3.Los que participen en la ejecución de hechos, sin los cuales no se hubiera efectuado la infracción.

Cómo citar

Art. 80, Código Tributario de Guatemala (Decreto 6-91), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-tributario/articulo-80/

También en Markdown y JSON.

Fuente

Código Tributario (Decreto 6-91 del Congreso de la República). Texto según Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), portal.sat.gob.gt. Fecha de corte no indicada en la fuente.