Artículo 50 de la Ley de Competencia
Superintendente
Título II. Superintendencia de competencia · Capítulo III. Superintendente
Superintendencia de Competencia · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El superintendente es la autoridad administrativa superior y el funcionario ejecutivo de mayor nivel jerárquico de la Superintendencia. Tiene a su cargo la administración y dirección general de la Superintendencia, sin perjuicio de la competencia y atribuciones que corresponden al Directorio. El superintendente gozará de independencia técnica y de gestión. El superintendente será designado por el Directorio mediante procedimiento que será establecido por el mismo Directorio. El superintendente deberá tener las mismas calidades y cumplir los requisitos que requiere esta Ley para ser designado como director, así como carecer de los impedimentos aplicables a los directores.