CMig · Artículo 134

Artículo 134del Código de Migración

Subdirector General

Libro II. Sistema y Políticas Migratorias · Título I. Sistema Migratorio Guatemalteco · Capítulo III. Instituto Guatemalteco de Migración · Sección II. Subdirector General

Para ser nombrado Subdirector General se debe reunir las mismas calidades establecidas en este Código para el Director General. El Subdirector General será nombrado por el Director General.

Cómo citar

Art. 134, Código de Migración de Guatemala (Decreto 44-2016), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-134/

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Fuente

Código de Migración (Decreto 44-2016 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial (texto del Decreto 44-2016 publicado). Fecha de corte no indicada en la fuente.