Artículo 135del Código de Migración
Funciones del Subdirector General
Libro II. Sistema y Políticas Migratorias · Título I. Sistema Migratorio Guatemalteco · Capítulo III. Instituto Guatemalteco de Migración · Sección II. Subdirector General
. El Subdirector General suple al Director General en los casos previstos en el artículo 130 de este Código. Tendrá las funciones que le sean asignadas por los reglamentos y disposiciones internas del Instituto Guatemalteco de Migración, además de las siguientes:
1.Dirigir y coordinar la elaboración, diseño, implementación y evaluación de proyectos de modernización y fortalecimiento institucional que persigan eficiencia y eficacia, los cuales deberá someter a aprobación del Director General.
2.Ser el ente interno central de coordinación con los subdirectores de migración en cuanto a los procedimientos administrativos regulados en este Código y los reglamentos.
3.Representar al Instituto Guatemalteco de Migración ante las autoridades nacionales o ante entidades internacionales cuando se lo solicite el Director General.
4.Dirigir la unidad de estudios de profesionalización migratoria de acuerdo a las disposiciones emitidas por el Director General y en coordinación con las unidades internas correspondientes.
5.Integrar el Consejo de Atención y Protección y ejecutar en coordinación con las subdirecciones de migración y en acuerdo con el Director General las disposiciones que dentro del consejo sean tomadas.
6.Las demás funciones que le asigne el Director General del Instituto Guatemalteco de Migración.