CMig · Artículo 139

Artículo 139del Código de Migración

Estructura orgánica de las subdirecciones

Libro II. Sistema y Políticas Migratorias · Título I. Sistema Migratorio Guatemalteco · Capítulo IV. Subdirecciones

El Instituto Guatemalteco de Migración tiene como ente jerárquico superior al Director General, función que puede ser desarrollada por el Subdirector General de acuerdo a lo establecido en el presente Código. Sin embargo, para el funcionamiento eficiente y efectivo de las atribuciones se dispone de la siguiente estructura orgánica de las subdirecciones:

1.Estructura Sustantiva y Operativa

a)Subdirección de Atención y Protección de Derechos Fundamentales de los Migrantes.

b)Subdirección de Extranjería.

c)Subdirección de Control Migratorio.

d)Subdirección de Documentos de Identidad Personal y de Viaje.

e)Subdirección de Política Migratoria.

2.Estructura de Apoyo Técnico

a)Subdirección de Planificación.

b)Subdirección de Asuntos Jurídicos.

e)Subdirección de Responsabilidad Profesional.

d)Subdirección de Relaciones Migratorias Internacionales.

e)Subdirección de Atención al Usuario.

3.Estructura Administrativa

a)Subdirección de Asuntos Financieros.

b)Subdirección de Recursos Humanos y Profesionalización de Personal.

c)Subdirección de Apoyo Administrativo y Logístico.

d)Subdirección de Recursos Tecnológicos, Comunicaciones e Informática.

Cómo citar

Art. 139, Código de Migración de Guatemala (Decreto 44-2016), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-139/

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Fuente

Código de Migración (Decreto 44-2016 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial (texto del Decreto 44-2016 publicado). Fecha de corte no indicada en la fuente.