Capítulo I. Naturaleza, principios y objetivo
Artículo 1 Naturaleza
El Sistema de Consejos de Desarrollo es el medio principal de participación de la población maya, xinca y garífuna y la no indígena, en la gestión pública para llevar a cabo el proceso de planificación democrática del desarrollo, tomando en cuenta principios de unidad nacional, multiétnica, pluricultural y multilingüe de la nación guatemalteca.
Artículo 2 Principios
Los principios generales del Sistema de Consejos de Desarrollo son:
a)El respeto a las culturas de los pueblos que conviven en Guatemala.
b)El fomento a la armonía en las relaciones interculturales.
c)La optimización de la eficacia y eficiencia en todos los niveles de la administración pública.
d)La constante atención porque se asigne a cada uno de los niveles de la administración pública las funciones que por su complejidad y características pueda realizar mejor que cualquier otro nivel. La promoción de procesos de democracia participativa, en condiciones de equidad e igualdad de oportunidades de los pueblos maya, xinca y garífuna y de la población no indígena, sin discriminación alguna.
LEY DE LOS CONSEJOS DE DESARROLLO URBANO Y RURAL
e)La conservación y el mantenimiento del equilibrio ambiental y el desarrollo humano, con base en las cosmovisiones de los pueblos maya, xínca y garifuna y de la población no indígena.
f)La equidad de género, entendida como la no discriminación de la mujer y participación efectiva, tanto del hombre como de la mujer.
Artículo 3 Objetivo
El objetivo del Sistema de Consejos de Desarrollo es organizar y coordinar la administración pública mediante la formulación de políticas de desarrollo, planes y programas presupuestarios y el impulso de la coordinación interinstitucional, pública y privada.
Fuente oficial: Decreto 11-2002 — Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia (scep.gob.gt). Texto usado: Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia (scep.gob.gt), Compendio de Leyes del Sistema de Consejos de Desarrollo. Códice no es asesoría legal; verifica siempre con la publicación oficial.