Artículo 1del Ley de Derecho de Autor
Título I · Capítulo Único. Disposiciones generales
La presente ley es de orden público y de interés social, y tiene por objeto la protección de los derechos de los autores de obras literarias y artísticas, de los artistas intérpretes o ejecutantes, de los productores de fonogramas y de los organismos de radiodifusión.