Artículo 23 de la Ley de Educación Nacional
Definición
Título II. Sistema educativo nacional · Capítulo VI. Centros educativos privados
Ministerio de Educación · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Los centros educativos privados, son establecimientos a cargo de la iniciativa privada que ofrecen servicios educativos, de conformidad con los reglamentos y disposiciones aprobadas por el Ministerio de Educación quien a la vez tiene la responsabilidad de velar por su correcta aplicación y cumplimiento.