Artículo 21 de la Ley de Educación Nacional
Definición
Título II. Sistema educativo nacional · Capítulo V. Centros educativos publicos
Ministerio de Educación · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Los centros educativos públicos, son establecimientos que administra y financia el Estado para ofrecer sin discriminación, el servicio educacional a los habitantes del país, de acuerdo a las edades correspondientes a cada nivel y tipo de escuela, normados por el reglamento específico.