Artículo 1 de la Ley de la Tercera Edad
Objeto de la ley
Capítulo I. Disposiciones Fundamentales
Gobernación Departamental de Retalhuleu · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
La presente ley tiene por objeto y finalidad tutelar los intereses de las personas de la tercera edad, que el Estado garantice y promueva el derecho de los ancianos a un nivel de vida adecuado en condiciones que les ofrezcan educación, alimentación, vivienda, vestuario, asistencia médica geriátrica y gerontológica integral, recreación y esparcimiento, y los servicios sociales necesarios para una existencia útil y digna.