LPI · Artículo 115

Artículo 115del Ley de Propiedad Industrial

Contenido del edicto

Título III. Invenciones, modelos de utilidad y diseños industriales · Capítulo I. Invenciones · Sección Dos. Procedimiento de concesion

El edicto a que se refiere el artículo anterior debe contener:

a)El número de la solicitud;

b)La fecha de presentación de la solicitud;

c)El nombre y domicilio del solicitante y del inventor;

d)El nombre del representante del solicitante, si lo hubiese;

e)El país u oficina, fecha y número de cada solicitud cuya prioridad se hubiese reclamado;

f)El símbolo o símbolos de clasificación, cuando se hubiesen asignado;

g)El nombre de la invención;

h)El resumen, de conformidad con el artículo 112 de esta ley;

i)Un dibujo representativo de la invención, si lo hubiere, seleccionado por el Registro; y

j)Fecha y firma del Registrador o del funcionario del Registro que éste designe para tal efecto.

Cómo citar

Art. 115, Ley de Propiedad Industrial de Guatemala (Decreto 57-2000), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-de-propiedad-industrial/articulo-115/

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Fuente

Ley de Propiedad Industrial (Decreto 57-2000 del Congreso de la República). Texto según Registro de la Propiedad Intelectual (rpi.gob.gt). Fecha de corte no indicada en la fuente.