Artículo 32del Ley de Actualización Tributaria (ISR)
Amortización aplicable a los gastos de exploración en las actividades mineras
Libro I. Impuesto sobre la renta · Título II. Renta de las actividades lucrativas · Capítulo IV. Regímenes de actividades lucrativas · Sección III. Régimen sobre las utilidades de actividades lucrativas
Los gastos de exploración en las actividades mineras son deducibles en cinco (5) cuotas anuales, sucesivas e iguales, a partir del período anual de liquidación en que se inicie la explotación.