Artículo 22 de la Ley del IUSI
Pagos anticipados
Título II. De la administracion, fiscalizacion, liquidacion y pago, sanciones y procedimientos · Capítulo II. De la liquidacion y pago del impuesto
Municipalidad de San Miguel Dueñas · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Los contribuyentes pueden pagar uno o más trimestres anticipadamente, hasta un máximo de cuatro (4) trimestres; en este caso cualquier modificación al valor del inmueble registrado en la matrícula se aplicará a partir del trimestre posterior al último pago.