Artículo 226del Código Civil
Improcedencia de la acción
Libro Primero. De las personas y de la familia · Título II. De la familia · Capítulo V. Paternidad y filiación extramatrimonial
La acción concedida en el artículo anterior y la declaratoria a que se refieren los incisos 3º y 4º del artículo 221 no proceden en los casos siguientes:
1º.Si durante la época de la concepción, la madre *llevó una vida notoriamente desarreglada, o tuvo comercio carnal con persona distinta del presunto padre; y
2º.Si durante la época de la concepción fue manifiestamente imposible al demandado tener acceso carnal con la madre.
* (La expresión subrayada fue declarada inconstitucional por Sentencia de la Corte de Constitucionalidad del 29 de noviembre de 2007, Expediente 541-2007).