Artículo 505del Código Civil
Medianería
Libro Segundo. De los bienes, de la propiedad y demás derechos reales · Título II. De la propiedad · Capítulo III. De la copropiedad · Párrafo II. Copropiedad en la medianería de inmuebles
Hay copropiedad en una pared, foso o cerca que sirve de límite y separación a dos propiedades contiguas; y mientras no haya prueba o signo exterior que demuestre lo contrario, se presume:
1°.En las paredes divisorias de los edificios contiguos, hasta el punto común de elevación;
2°.En las paredes divisorias de los jardines o corrales situados en poblado o en el campo; y
3°.En las cercas, vallados y setos vivos que dividen los predios rústicos.