Artículo 188 del Código de Comercio
Atribuciones
Libro I. De los comerciantes y sus auxiliares · Título I. Comerciantes · Capítulo VI. De la Sociedad Anónima · Sección Quinta. Fiscalizacion
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Son atribuciones de los auditores o de los comisarios, además de las otras que les señalen leyes especiales, la escritura social o la asamblea general:
1ºFiscalizar la administración de la sociedad y examinar su balance general y demás estados de contabilidad, para cerciorarse de su veracidad y razonable exactitud.
2ºVerificar que la contabilidad sea llevada en forma legal y usando principios de contabilidad generalmente aceptados.
3ºHacer arqueos periódicos de caja y valores.
4ºExigir a los administradores informes sobre el desarrollo de las operaciones sociales o sobre determinados negocios.
5ºConvocar a la asamblea general cuando ocurran causas de disolución y se presenten asuntos que, en su opinión, requieran del conocimiento de los accionistas.
6ºSometer al consejo de administración y hacer que se inserten en la agenda de las asambleas, los puntos que estimen pertinentes.
7ºAsistir con voz, pero sin voto, a las reuniones del consejo de administración, cuando lo estimen necesario.
8ºAsistir con voz, pero sin voto, a las asambleas generales de accionistas y presentar su informe y dictamen sobre los estados financieros, incluyendo las iniciativas que a su juicio convengan.
9ºEn general, fiscalizar, vigilar e inspeccionar en cualquier tiempo las operaciones de la sociedad.