Artículo 567 del Código de Comercio
Obligación de asistir
Libro III. De las cosas mercantiles · Título Primero. De los titulos de credito · Capítulo VIII. De las obligaciones de las sociedades debentures · Sección Primera. De las obligaciones en General
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Los administradores de la sociedad deudora tendrán la obligación de asistir a informar, si fueren requeridos para ello, a la asamblea de obligacionistas.