Artículo 693 del Código de Comercio
Falta de pago
Libro IV. Obligacion y contratos mercantiles · Título I. Disposiciones generales · Capítulo Único. De las obligaciones en General
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Cuando se haya estipulado que la obligación ha de ser pagada por tractos sucesivos, salvo pacto en contrario, la falta de un pago dará por vencida y hará exigible toda la obligación.