Artículo 864 del Código de Comercio
Utilidades y pérdidas
Libro IV. Obligacion y contratos mercantiles · Título II. Contratos mercantiles en particular · Capítulo VII. Contratos de edicion, reproduccion y ejecucion de obras · Sección Segunda. De los contratos de difusion y representacion escenica
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Para la distribución de las utilidades y de las pérdidas se observará lo dispuesto en el artículo 33 de este Código. Las pérdidas que correspondan a los participantes no podrán ser superiores al valor de su aportación, salvo pacto en contrario.