CMig · Artículo 121

Artículo 121del Código de Migración

Misión

Libro II. Sistema y Políticas Migratorias · Título I. Sistema Migratorio Guatemalteco · Capítulo III. Instituto Guatemalteco de Migración

El Instituto Guatemalteco de Migración tiene como misión el velar por el respeto al derecho humano de migrar, garantizarlo mediante la administración adecuada del derecho migratorio y la asistencia y protección oportuna de aquellas personas migrantes extranjeras o nacionales que lo requieran. Asimismo, constituirse como un órgano descentralizado en la prestación de los servicios públicos migratorios, orientando su acción al respeto de los derechos humanos de las personas.

Cómo citar

Art. 121, Código de Migración de Guatemala (Decreto 44-2016), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-121/

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Fuente

Código de Migración (Decreto 44-2016 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial (texto del Decreto 44-2016 publicado). Fecha de corte no indicada en la fuente.