Artículo 1del Código de Migración
Derecho a migrar
Libro I. Derechos en General · Título I. Derecho a migrar y los derechos de las personas migrantes · Capítulo I. Derechos
El Estado de Guatemala reconoce el derecho de toda persona a emigrar o inmigrar, por lo cual el migrante puede entrar, permanecer, transitar, salir y retornar al territorio nacional conforme la legislación nacional.