Artículo 21del Código de Salud
Asignacion de recursos
Libro I. Disposiciones generales · Título Único · Capítulo V. Financiamiento del sector
El Estado asignará los recursos necesarios para el financiamiento público de la prestación de servicios de salud, para atender a la población en general y, en forma prioritaria y obligatoria, a la de mayor postergación en su desarrollo social y económico.