Artículo 227del Código de Salud
Infracciones contra la recuperacion y rehabilitacion de la salud
Libro III. Infracciones contra la salud y sus sanciones · Título Único · Capítulo II. Parte especial · Sección I. De las infracciones sancionadas con multa
Comete infracción contra la recuperación y rehabilitación de la salud, quien contravenga las disposiciones preceptivas o prohibitivas establecidas en este Código, sus reglamentos, demás leyes de salud, normas y disposiciones aplicables, que regulen la recuperación y rehabilitación de la salud. Quien cometa alguna de estas infracciones será sancionado con la multa correspondiente de conformidad a los valores indicados en el artículo 219 literal b) del presente Código.