Artículo 223del Código de Salud
Infracciones contra la promocion de la salud
Libro III. Infracciones contra la salud y sus sanciones · Título Único · Capítulo II. Parte especial · Sección I. De las infracciones sancionadas con multa
Comete infracción contra la promoción de la salud, quien contravenga las disposiciones establecidas en este Código, sus reglamentos, demás leyes que promuevan la salud, normas o disposiciones aplicables. Quien cometa alguna de estas infracciones, será sancionado con la multa correspondiente de conformidad a los valores indicados en el artículo 219 literal b) de la presente ley.