Artículo 57del Código de Salud
Diagnostico de referencia
Libro II. De las acciones de salud · Título I. De las acciones de promocion y prevencion · Capítulo III. De la prevencion de las enfermedades · Sección I. De la vigilancia de la salud
El Ministerio de Salud debe establecer el sistema de diagnóstico de referencia, como apoyo al sistema de vigilancia de la salud, para colaborar en la investigación y control de las enfermedades transmisibles y no transmisibles que afecten o pongan en riesgo a conglomerados sociales.