Artículo 59del Código de Salud
Cooperacion de las instituciones
Libro II. De las acciones de salud · Título I. De las acciones de promocion y prevencion · Capítulo III. De la prevencion de las enfermedades · Sección I. De la vigilancia de la salud
En caso de epidemia o riesgo socioambiental las instituciones del Sector Salud, de otros sectores y la comunidad, están obligadas a cooperar para la aplicación y cumplimiento de las normas, leyes y procedimientos que se establezcan, de acuerdo a las necesidades.