Artículo 98del Constitución
Participación de las comunidades en programas de salud
Título II. Derechos humanos · Capítulo II. Derechos sociales · Sección Séptima. Salud, seguridad y asistencia social
Las comunidades tienen el derecho y el deber de participar activamente en la planificación, ejecución y evaluación de los programas de salud.