CT · Artículo 331

Artículo 331del Código de Trabajo

Título Undécimo. Procedimiento Ordinario · Capítulo Tercero. Acumulaciones

En la acumulación de autos, se estará a lo dispuesto por el Código de enjuiciamiento civil y mercantil.

Cómo citar

Art. 331, Código de Trabajo de Guatemala (Decreto 1441), texto al 15 de octubre de 2018, codicegt.com/codigo-de-trabajo/articulo-331/

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Fuente

Código de Trabajo (Decreto 1441 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 15 de octubre de 2018.