Artículo 172del Código Municipal
Exenciones y privilegios
Título VIII. Regimen sancionatorio · Capítulo IV. Disposiciones finales
El alcalde, síndicos y concejales, los alcaldes comunitarios y auxiliares y los alguaciles cumplen al servir los cargos municipales con el deber establecido en la literal g) del artículo 135 de la Constitución Política de la República.