Artículo 172del Constitución
Mayoría calificada
Título IV. Poder Público · Capítulo II. Organismo Legislativo · Sección Segunda. Atribuciones del Congreso
Aprobar antes de su ratificación, con el voto de las dos terceras partes del total de diputados que integran el Congreso, los tratados, convenios o cualquier arreglo internacional, cuando:
a)Se refieran al paso de ejércitos extranjeros por el territorio nacional o al establecimiento temporal de bases militares y extranjeras; y
b)Afecten o puedan afectar la seguridad del Estado o pongan fin a un estado de guerra.