Artículo 10del Ley contra el Femicidio
Circunstancias agravantes
Capítulo IV. Delitos y penas
Las circunstancias que agravan la violencia contra la mujer deben ser analizadas de acuerdo a lo siguiente:
a)En relación a las circunstancias personales de la persona que agrede.
b)En relación a las circunstancias personales de la víctima.
c)En relación a las relaciones de poder existente entre la víctima y la persona que agrede.
e)En relación al contexto del hecho violenta y el daño producido a la víctima.
f)En relación a los medios y mecanismos utilizados para perpetrar el hecho y al daño producido.