LAIP · Artículo 16

Artículo 16del Ley de Acceso a la Información Pública

Procedimiento de acceso a la información

Título Primero · Capítulo Tercero. Acceso a la información pública

Toda persona tiene derecho a tener acceso a la información pública en posesión de los sujetos obligados, cuando lo solicite de conformidad con lo previsto en esta ley.

Cómo citar

Art. 16, Ley de Acceso a la Información Pública de Guatemala (Decreto 57-2008), texto al 31 de enero de 2024, codicegt.com/ley-de-acceso-a-la-informacion/articulo-16/

También en Markdown y JSON.

Fuente

Ley de Acceso a la Información Pública (Decreto 57-2008 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 31 de enero de 2024.