Artículo 5del Ley de Acceso a la Información Pública
Sujeto activo
Título Primero · Capítulo Primero. Disposiciones generales
Es toda persona individual o jurídica, pública o privada, que tiene derecho a solicitar, tener acceso y obtener la información pública que hubiere solicitado conforme lo establecido en esta ley.